Certificación Energética.NOVEDADES.

Reproducimos una informacion que circula sobre la CERTIFICACION ENERGETICA DE EDIFICIOS EXISTENTES.

“En una carta enviada al Consejo de Estado, (según información de la cadena SER), José Manuel Soria pide a este organismo que realice su informe cuanto antes y reconoce retrasos en aplicar la directiva europea
En la misiva, fechada el pasado 29 de enero, el ministro de Industria pide premura al órgano jurídico y afirma que la transposición de la directiva europea del año 2002 se realizó de manera incorrecta. En el año 2007, con el anterior gobierno socialista, se hizo una trasposición parcial de la normativa europea, de manera que la certificación energética empezó a ser obligatoria sólo para las viviendas de nueva construcción. Ahora, la nueva ley lo extenderá a todas las viviendas que se alquilen o se vendan en España, unos dos millones, según los cálculos de las empresas del sector energético….
La llamada “etiqueta energética será obligatoria para las casas que se vendan o alquilen en España, no para el resto. Clasificará las viviendas en 7 niveles y colores en función de la energía que consuman (del verde-más eficiente- al rojo-más contaminante). Se estima que la medida afectará a unos dos millones de viviendas. El coste del informe de certificación varía según los países aunque el sector estima que en España rondará los 250 euros.”
Desde aqui seguiremos compartiendo toda aquella informacion qeu juzguemos de interes.
Un saludo a todos.

Procedimiento ITE. Administradores de fincas.

Ante la reiterada peticion de clientes, administradores de fincas principalmente, que nos solicitan una explicación concisa y clara sobre el procedimiento a seguir para poder trasladar esa informacion a sus propios clientes, las comunidades de propietarios, hemos decidido colgar esta breve explicacion en el blog. De esta manera puede tener una respuesta a las preguntas mas frecuentes con solo leer unas pocas lineas.
INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS – ITE
Desde el 7 de julio de 2012, es obligatorio por ley en todos los municipios de más de 25.000 habitantes, y en los edificios de más de 50 años (salvo que las Comunidades Autónomas fijen distinta antigüedad en su normativa), pasar una inspección técnica del edificio hasta el 31 de diciembre de 2015.
Las Comunidades Autónomas establecerán el calendario para llevar a cabo estas inspecciones antes de esta fecha. En nuestra Comunidad este calendario todavía no está establecido, se prevé que será operativo a principios del año 2013.
La ITE es un informe que determina el estado de conservación de los edificios para comprobar que se cumplen unas condiciones mínimas de seguridad, salubridad y accesibilidad. Y en caso contrario determinar las obras necesarias para su cumplimiento.
Esta inspección conlleva una revisión del:
• Estado de la estructura y cimentación.
• Estado de las fachadas interiores, exteriores, medianerías, y otros elementos, en especial los que pudieran suponer un peligro para las personas, tales como cornisas, salientes, vuelos o elementos ornamentales, entre otros.
• Estado de conservación de cubiertas y azoteas.
• Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.
• Estado de los elementos de accesibilidad existentes en el edificio.

A partir de esta inspección se elabora un amplio informe que puede ser Favorable o Desfavorable, que en una Pre-inspección se entrega a la Comunidad de Propietarios, y en la ITE se entregara en el Ayuntamiento correspondiente, para su visado.
Si es Favorable la Comunidad de Propietarios no tendrá que acometer ninguna acción, si es Desfavorable deberán realizarse las obras necesarias para subsanar los puntos marcados en el informe de la ITE (cuando tenga que presentarse oficialmente).
La Pre-inspección del Edificio no obliga a ninguna reparación, solamente nos adelanta el estado de conservación del mismo, y nos avisa ante defectos que podemos corregir, anticipándonos a costosas reparaciones.
De esta forma podemos conocer las lesiones existentes en el edificio y obtener así una ITE Favorable en el futuro.

Esquema de procedimiento para pasar la ITE. Inspeccion Tecnica de Edificios.

Imagen

Ante la sobreinformacion al respecto de la implantacion de la Inspección Técnica de los Edificios en Asturias ITE, hemos elaborado este esquema que puede ayudar a comprender un procedimiento que, una vez que el Principado apruebe el Decreto, se convertirá en algo cotidiano, en un trámite mas que realizaremos dentro del mantenimiento de nuestra vivienda.

 

*Según el Real Decreto Ley 8/2.011, la Inspección Técnica de Edificios será obligatoria en poblaciones con mas de 25.000 habitantes y para edificios con una antigüedad superior a 50 años.

**ITEAS INSPECCION TECNICA DE EDIFICIOS DE ASTURIAS dispone de profesionales con la titulación habilitante y la formación adecuada para la realización de la inspección de viviendas.

¡ESTRENAMOS BLOG!

Bienvenidos todos a este blog de ITEAS que hoy inicia su andadura. Desde aquí, os iremos informando de todas aquellas reglamentaciones y noticias que creamos de interés para vosotros acerca de la Inspección Técnica de los Edificios de Asturias.

Como bien sabéis, estamos a la espera de que el Principado de Asturias apruebe el Decreto por el que se regule la Inspección Técnica de los Edificios en Asturias, y que como marca el Real Decreto Ley 8/2011, afectara como mínimo a los municipios de más de 25.000 habitantes. Esto supone en Asturias, una:

- Inspección Técnica de los Edificios en Gijón.

- Inspección Técnica de los Edificios en  Oviedo.

- Inspección Técnica de los Edificio en Avilés.

- Inspección Técnica de los Edificios en  Mieres.

- Inspección Técnica de los Edificios en  Siero.

-  Inspección Técnica de los Edificios en  Langreo.

 

Seguiréis teniendo noticias nuestras.

Trabajamos a tres turnos.